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jueves, 27 de marzo de 2025

Propone diputado crear un Sistema Estatal de Cuidados en Veracruz

 Propone diputado crear un Sistema Estatal de Cuidados en Veracruz 

Que el cuidado digno sea reconocido como un derecho humano fundamental, el objetivo de Adrián Sigfrido Ávila Estrada 

Con-textos Regionales.- Xalapa, Ver. / Pablo Montiel /  La creación de un Sistema Estatal de Cuidados, que atienda a quienes viven en situación de dependencia por enfermedad, discapacidad, vulnerabilidad, ciclo vital, y a quienes, de manera no remunerada, están a cargo de su cuidado, es lo que propone el diputado Adrián Sigfrido Ávila Estrada a través de una iniciativa para actualizar el Artículo 4 de la Constitución Política del estado. 

En la Quinta Sesión Ordinaria del Primer Receso, el legislador dio a conocer su proyecto, que busca reconocer el cuidado digno como un derecho humano fundamental, entendido como el conjunto de actividades, apoyos y servicios que otorguen los elementos necesarios para vivir en sociedad, destinados a satisfacer las necesidades básicas de las personas que, por razones vinculadas al ciclo de vida, condiciones transitorias o crónicas, o situaciones permanentes, requieren apoyo. 

De acuerdo con las adiciones previstas para el texto constitucional, “El Estado reconoce el derecho al cuidado digno como un derecho humano fundamental, entendido como el conjunto de actividades, apoyos y servicios que otorguen los elementos materiales y simbólicos para vivir en sociedad, destinados a satisfacer las necesidades básicas de las personas que, por razones vinculadas al ciclo de vida, condiciones transitorias o crónicas, o situaciones permanentes, requieren apoyo para garantizar su reproducción social y orgánica cotidiana”. 

Además, “Se reconoce el derecho de las personas para decidir el cuidar a quien lo requiera, y el derecho para decidir la distribución del tiempo propio, acorde a sus necesidades e intereses procurando condiciones de igualdad sustantiva entre hombres y mujeres. Las personas cuidadoras, cuya labor es esencial para el bienestar colectivo, así como para el mantenimiento de la dinámica de trabajo y las fuerzas productivas, incluyendo aquellas que realizan actividades de mantenimiento y apoyo doméstico, tendrán derecho a una remuneración digna en los términos y bases que fije la Ley, por sus tareas de cuidado, con énfasis en la revalorización de esta labor cuando la realicen mujeres”. 

Para este propósito, “El Estado establecerá el Sistema de Cuidados del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave que coordine la prestación de servicios públicos universales, accesibles, pertinentes, suficientes, de calidad y desarrolle políticas públicas de cuidados, en el ámbito estatal y municipal en los términos que establezca la Ley, basado en los principios de progresividad, universalidad, calidad, igualdad, accesibilidad y corresponsabilidad entre hombres y mujeres, que atenderá las particularidades de cada grupo poblacional, respetando su dignidad y autonomía, en coordinación con la sociedad civil organizada y el sector privado, de conformidad con las obligaciones internacionales en materia de derechos humanos. El Sistema atenderá de manera prioritaria a las personas en situación de dependencia por enfermedad, discapacidad, vulnerabilidad, ciclo vital, especialmente en la infancia y la vejez, y a quienes, de manera no remunerada, están a cargo de su cuidado”. 

Además de lo anterior, “Toda persona tiene derecho a elegir de forma libre, la distribución del tiempo propio y para el autocuidado, que le permita decidir y ejercer la forma de vida que convenga a sus intereses, necesidades y voluntades. La ley establecerá las bases y modalidades que definan la competencia del estado y los municipios en la promoción, protección y ejercicio de este derecho”. 

Por último, plantea que el Estado promueva la corresponsabilidad entre mujeres y hombres, las familias, la comunidad, el sector laboral y el propio Estado en las actividades de cuidado. 

La Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se adicionan los párrafos decimoséptimo, decimoctavo, decimonoveno, vigésimo y vigesimoprimero al Artículo 4 de la Constitución Política del estado fue turnada a las comisiones permanentes unidas de Justicia y Puntos Constitucionales y de Derechos Humanos y Atención a Grupos Vulnerables.

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