Diputadas y diputados tlaxcaltecas aprueban Ley de Ingresos para 2025
Con-textos Regionales.- En sesión del Pleno de la LXV Legislatura, la
Comisión de Finanzas y Fiscalización, presidida por el diputado Bladimir Zainos
Flores, sometió a votación y fue aprobado, el Dictamen del Expediente
Parlamentario LXV 148/2024, que contiene la Iniciativa con Proyecto de Ley de
Ingresos del Estado de Tlaxcala para el Ejercicio Fiscal 2025. La propuesta fue
remitida previamente por la Gobernadora del Estado, el Secretario de Gobierno y
el Secretario de Finanzas.
El Dictamen subraya que las Leyes de Ingresos y Presupuestos
de Egresos de las entidades federativas deben ser congruentes con los planes
estatales de desarrollo y sus programas derivados, además de armonizar con los
Criterios Generales de la Política Económica y las estimaciones de
participaciones federales etiquetadas, sin exceder las previstas en la Ley de
Ingresos de la Federación.
Además, la Comisión dictaminadora destacó que el principal
objetivo de esta iniciativa es proporcionar certeza jurídico-financiera
mediante la definición de objetivos socioeconómicos orientados a un desarrollo
equitativo y sustentable y subraya que la Ley está apegada a principios de
legalidad, transparencia y proporcionalidad, por lo que consideraron viable su
aprobación.
Entre los aspectos más relevantes de esta Ley se encuentran
la regulación de la recaudación, registro, administración y custodia de los
ingresos de la Hacienda Pública del Estado. Éstos se integran por ingresos
provenientes de fuentes locales, participaciones e incentivos económicos,
fondos de aportaciones federales, ingresos por convenios con el Gobierno
Federal e ingresos extraordinarios. Estos temas están organizados en dos
capítulos: De los Ingresos del Estado y De los Beneficios Fiscales.
La Ley de Ingresos fue aprobada por unanimidad de votos de
las y los legisladores y estará vigente del 1 de enero al 31 de diciembre de
2025. Tras su aprobación, será remitida al Ejecutivo del Estado para su sanción
y publicación correspondiente.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario